La Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) exige que todas las entidades públicas o privadas adopten medidas para la protección de los datos de carácter personal que tengan. Estas medidas son, de carácter jurídico y de carácter tecnológico.
La adaptación total a la LOPD conlleva no sólo la realización de los procedimientos jurídicos, sino también la implantación de medidas de seguridad informáticas. Muchas empresas ofrecen una adaptación a la ley sólo en el ámbito jurídico, sin contemplar la parte tecnológica. Si su empresa no tiene implantadas TODAS las medidas de seguridad puede ser sancionada con multas de hasta 300.000 euros.
El enorme crecimiento de Internet como vehículo de comunicación a todos los niveles ha propiciado en ocasiones el uso indebido o sin la debida protección de datos de carácter personal. Fruto de esta realidad surgió la Ley de Sociedad de Información y del Comercio Electrónico (LSSICE), un marco jurídico creado con el objetivo de ofrecer total seguridad y protección a los datos de carácter personal manejados en las transacciones electrónicas de cualquier tipo, ya sea en un simple correo electrónico, en una web empresarial, o en una tienda virtual online.